Descripción
Este título de Experto Universitario es válido en bolsas, oposiciones, traslados, concursos, Administraciones Públicas, de todo el territorio nacional.
Salvo criterios de excepción específicos en las distintas bases de convocatorias o bolsas de trabajo de las distintas Comunidades Autónomas.
Los Títulos Propios impartidos por la UCAV no habilitan para el ejercicio profesional, son exclusivamente cursos de formación o especialización. Por lo que para la habilitación o ejercicio profesional será obligatorio disponer de la titulación oficial requerida en cada Colegio Profesional o especialidad.
(Para mayor seguridad consultar las diferentes bases de convocatorias y bolsas de trabajo de las distintas Administraciones).
Duración: De 3 a 6 meses.
Fecha de inicio: Inscripción permanente.
Destinatarios: Diplomados/Licenciados Universitarios
Evaluación:
- 200 Preguntas tipo test.
- 20 Supuestos.
El alumno debe enviar a administracion@formacionacma.com una copia del DNI/NIE y copia de la Titulación Académica compulsada.
Sólo podrán matricularse en los Expertos Universitarios alumnos con Titulación Universitaria, no se podrá acceder por experiencia profesional.
En el caso de titulados de otros países deberá verificarse que la titulación aportada es equivalente a la correspondiente titulación oficial española y que faculta en el país expedidor para el acceso a los estudios de posgrado.
En el precio de esta actividad formativa no se incluyen los gastos de envío del título/diploma o artículos promocionales fuera de España.
Los precios están sujetos a cambios o modificaciones.
En caso de que el alumno quiera el material en formato libro tendrá que abonar el coste de los mismos.
Módulo 1. Introducción a la higiene industrial.
Capítulo 1. Introducción a la Higiene Industrial.
Módulo 2. Exposición a agentes físicos: Ruido.
Capítulo 1. RD 286/2006, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo.
Módulo 3. Exposición a agentes físicos: Vibraciones.
Capítulo 1. Real Decreto 1311/2005, modificado por Real Decreto 330/2009 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
Módulo 4. Exposición a agentes físicos: radiaciones ionizantes.
Capítulo 1. Real Decreto 1836/1999, del 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
Capítulo 2. Real Decreto 1029/2022 que modifica el Real Decreto 783/2001, del 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes.
Capítulo 3. Real Decreto 815/2001, del 13 de julio, sobre justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas.
Capítulo 4. Instrucción IS-18, de 2 de abril de 2008, del Consejo de Seguridad Nuclear sobre los criterios aplicados por el mismo organismo para exigir a los titulares de las instalaciones radiactivas, la notificación de sucesos e incidentes radiológicos.
Capítulo 5. Real Decreto 1085/2009, del 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.
Módulo 5. Exposición a agentes físicos: radiaciones no ionizantes.
Capítulo 1. Real Decreto 1066/2001, del 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
Capítulo 2. Real Decreto 486/2010, del 23 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales.
Capítulo 3. Real Decreto 299/2016, del 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos.
Módulo 6. Exposición a agentes físicos: condiciones termohigrométricas e iluminación.
Capítulo 1. RD 486/1997 por el que se establece las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Módulo 7. Exposición a agentes químicos.
Capítulo 1. CAPÍTULO 1. Real Decreto 363/1995, que aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Modificado por Real Decreto 717/2010.
Capítulo 2. Real Decreto 665/1997, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Modificado por Real Decreto 1124/2000 y Real Decreto 349/2003.
Capítulo 3. Real Decreto 374/2001, del 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con agentes químicos durante el trabajo.
Capítulo 4. Real Decreto 255/2003, que aprueba el reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
Capítulo 5. Real Decreto 396/2006, del 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto regula de manera específica la exposición a este agente químico.
Capítulo 6. Reglamento (CE) 1907/2006, regula el registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) y sus modificaciones posteriores.
Capítulo 7. Real Decreto 1299/2006, que aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
Módulo 8. Exposición a agentes biológicos.
Capítulo 1. Real Decreto 664/1997, del 12 de mayo, de “Protección a los trabajadores contra los riesgos, relacionados con la exposición a agentes biológicos, durante el trabajo”.
Capítulo 2. Riesgos higiénicos en los centros sanitarios derivados de la exposición a agentes biológicos. Prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario. Orden ESS/1451/2013.
Capítulo 3. Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
En los puestos de trabajo relacionados con entornos industriales, puede existir riesgos de carácter higiénico, vinculados a múltiples tipos de contaminantes, ya sean físicos (como el ruido o las vibraciones), químicos (por la utilización de agentes químicos nocivos) o biológicos (como virus y bacterias). Estos contaminantes pueden derivar en el desarrollo de enfermedades profesionales en los trabajadores expuestos, ocasionando bajas laborales más o menos largas.
Con el presente Experto el alumnado podrá identificar los principales tipos de contaminantes tanto sean agentes químicos, físicos y biológicos y aquellos otros factores que puedan afectar a la salud y el bienestar de los trabajadores, así como adquirir los conocimientos y habilidades necesarias para la prevención de situaciones de riesgo relacionadas con la Higiene Industrial en aquellos profesionales que desempeñan su labor en un entorno propenso a la existencia de contaminantes.